Subsecretaría de
Programas Delegacionales y
Reordenamiento de la Vía Pública
Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal Capitulo III de las normas básicas de operación
Artículo 17.- Para los efectos del Articulo 43 Fracción II de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal se determina lo siguiente:
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Para la clasificación TIPO A, Inofensivo: para todas las edades, la letra a colocar será de color verde fosforescente.
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Para la clasificación TIPO B, poco agresivo: para uso de mayores de 13 años la letra a colocar será de color amarillo fosforescente.
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Para la clasificación TIPO C, agresivo: para uso de mayores de 15 años la letra a colocar será de color naranja fosforescente.
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Para la Clasificación TIPO D, altamente agresivo: para uso de mayores de 18 años la letra a colocar será de color rojo fosforescente.